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Cámara de Diputados
A poco de comenzado el año parlamentario se presentó en Diputados un nuevo proyecto para “regular el ejercicio profesional de la obstetricia”.
La iniciativa (expte. 322-D-2025) fue presentada por la socialista Mónica Fein y, según dice, “surge del trabajo parlamentario llevado adelante por la Comisión de Acción Social y Salud Pública en el año 2022”, cuando ella la presidía.
De sancionarse, las parteras prescribirían y colocarían métodos anticonceptivos de larga duración. También podrían “prescribir y administrar fármacos, según vademécum obstétrico en vigencia” y asistir “eventos obstétricos”, es decir partos y abortos.
Todos los documentos que cita Fein en los fundamentos de su proyecto han sido elaborados por el Fondo de Población de Naciones Unidas o con su asistencia técnica.
El Fondo de Población (UNFPA) es la agencia de la ONU que se dedica al control natal bajo el eufemismo de garantizar la “salud sexual y reproductiva”.
El UNFPA ha publicado un vademécum obstétrico para orientar a autoridades sanitarias -nacionales y provinciales- que incluye abortivos (misoprostol y mifepristona).
Los documentos mencionados por Fein son:
El estado de las parteras en el mundo. Hacia el acceso universal a la salud, un derecho de la mujer. (UNFPA, 2014).
Las obstétricas en la salud sexual y reproductiva. Un agente estratégico. (Plan ENIA/UNFPA 2019).
Fortalecimiento de las competencias y funciones de las obstétricas/os en la Argentina: un tema estratégico. (CEDES/UNFPA, 2022).
El nuevo proyecto será objeto de estudio en la Comisión de Salud junto a otros dos que son similares y que fueron presentados el año pasado por Silvia Lospennato (3240-D-2024) y Mónica Macha (0710-D-2024).
Senado
En el Senado hay un proyecto (1691-S-2024) de la autoría de Bartolomé Abdala (LLA) que, si bien autoriza a los profesionales de la obstetricia a “prescribir y administrar fármacos según vademécum obstétrico en vigencia”, solicita que lo hagan cuando sea estrictamente necesario y privilegiando alternativas terapéuticas que no sean farmacológicas.
El expediente no menciona en ningún momento a los “eventos obstétricos” (que incluyen el aborto) y acota la asistencia de las parteras al “embarazo, parto y puerperio”. Entre las obligaciones de los profesionales destaca: “Respetar en todas sus acciones la dignidad de la persona humana, sin distinción de ninguna naturaleza”.
En consonancia con el gobierno nacional, que dejó de enviar abortivos a las provincias, pero manda anticonceptivos (incluidos los Implantes subdérmicos y DIU destinados a los adolescentes); el proyecto de Abdala no permite que las obstétricas hagan abortos pero las habilita a “proporcionar y prescribir métodos anticonceptivos en sus diferentes formatos y vías de administración; como así́ también a realizar la inserción, seguimiento y eliminación de dispositivos intrauterinos e implantes anticonceptivos”.
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NOTIVIDA, Año XXV, Nº 1378, 12 de marzo de 2025
Editora: Lic. Mónica del Río
Página web: www.notivida.org
Email: notivida@hotmail.com
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