Compartir

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la definición legal de mujer se basa en el sexo biológico,
una decisión que podría tener implicaciones de gran alcance para el acceso a servicios y espacios
diferenciados por sexo. Esto se produjo después de que el gobierno escocés incluyera a las mujeres
transgénero en las cuotas para garantizar la igualdad de género en las juntas directivas del sector público.
El grupo activista For Women Scotland argumentó que las protecciones basadas en el sexo
solo deberían aplicarse a las personas nacidas mujeres. Los jueces tuvieron la tarea de decidir
sobre la interpretación correcta de “sexo” y “mujer” en la principal ley que establece las protecciones
legales basadas en el sexo. En concreto, dictaminaron que la definición de sexo utilizada en la
Ley de Igualdad de 2010 es “binaria” y se determina por biología: una persona que no nació como
mujer biológica no puede obtener las protecciones legales que la Ley otorga a las mujeres cambiando
su género con un Certificado de Reconocimiento de Género. Es importante señalar que la Ley aún brinda
a las personas transgénero protección contra la discriminación, y que los jueces afirmaron que no
les correspondía opinar sobre esas definiciones en el debate público general.
Nuestra editora de asuntos sociales, Alison Holt, escribe que la sentencia aporta
claridad a la ley, pero aún no se ha determinado qué impacto tendrá en el día a día.
Cesamos nuestra cobertura en directo. Entendemos que ha habido mucha información
y diferentes argumentos que analizar. Si desea leer más, hemos recapitulado los
argumentos presentados en el caso, su recorrido hasta la Corte Suprema, el veredicto
de los jueces y las reacciones al mismo.
MANTENTE AL DÍA